1. Configuración física Hardware

Es autónomo no necesita ninguna inversión en hardware. Con un ordenador y una conexión a Internetn ya estaría preparado para poder trabajar con el programa.

2. Facturas de Venta a Clientes.

Si elige la opción de informatizar sus facturas a clientes, tendrá que crearlos a medida que llegan, así como los artículos para que luego la confección de la factura se base en dar el código del cliente, los códigos de los artículos a facturar, así como las cantidades y precios automáticos o manuales.

Si no elige esta opción por tener un número reducido de facturas, estas se introducen al sistema a través de un registro de las mismas, muy sencillo en cuanto a su operatoria.

3. Facturas de Proveedores.

Cada factura que el autónomo recibe, la registrará en un programa similar al registro de facturas de Venta.

Si los datos de estas facturas, se procesan en el resto de registros (Caja y Bancos), podremos tener en todo momento la cartera de proveedores controlada,con sus saldos actualizados.

4. Registro de Caja.

Consiste en procesar en un programa la típica hoja de caja que todo negocio ha llevado desde hace 30 años. A través de entradas y salidas, en todo momento sabremos el saldo de la caja y su composición.

5. Registro de Bancos.

El autónomo introducirá en un registro, los movimientos de cargo y abono de cada una de las cuentas bancarias que tenga abiertas en entidades financieras.

Podemos llegar a realizar la importación de los movimientos desde la oficina electrónica de cada entidad.

6. Impresión de modelos de Hacienda.

El Programa permite cumplimentar los modelos tributarios de Hacienda para su tramitación por el autónomo o enviarlos a su asesor y que este realice los ingresos de impuestos oportunos.

7. ¡La Gran Novedad!.

El autónomo consigue todos estos objetivos sin tener porque tener el mínimo conocimiento contable.

El autónomo podría llegar a enviarle a su asesor, todo lo necesario para que este, de forma sencilla, le procese la contabilidad de su empresa y obtenga los listados contables obligatorios.